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Cristóbal de la Rosa y Candelaria Umpiérrez

Canarias trata en Madrid la armonización de la regulación del alquiler vacacional

El viceconsejero de Turismo del Gobierno de Canarias, Cristóbal de la Rosa, y la directora general de Ordenación y Promoción Turística del Gobierno de Canarias, Candelaria Umpiérrez, han asistido en Madrid a una reunión de trabajo convocada por la Secretaría de Estado de Turismo sobre viviendas de de uso turístico. Entre los puntos a tratar en el orden del día de la reunión destaca el estado de situación en la armonización de la normativa sobre viviendas de uso turístico y las últimas normas autonómicas aprobadas.

El viceconsejero de Turismo del Gobierno de Canarias, Cristóbal de la Rosa, valoró la reunión y destacó que “hemos tratado de armonizar diferentes aspectos como el referido al control de las personas que se alojan en estas viviendas, así como el registro de este tipo de alojamiento”. Por su parte, Candelaria Umpiérrez, destacó la importancia que para Canarias tiene asistir a este tipo de reuniones porque “tenemos la posibilidad de compartir con otras comunidades autónomas el trabajo que estamos realizando y conocer de primera mano lo que están haciendo los demás”.

Cabe recordar, que la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes encargó un total de tres estudios en relación al alquiler vacacional teniendo en cuenta que este fenómeno para uso turístico es una realidad a nivel mundial y en torno a la misma se producen intensos debates sociales que deben obtener respuestas. Estos informen aportan datos que permiten en Canarias situar esta modalidad alojativa en su correcta proporción cuantitativa, cualitativa y social.

Así, se ha establecido que del total de turistas que llegó a Canarias en 2014, 12.990.963, un 9,6% de ellos se alojaron en régimen de alquiler vacacional lo que supone 1.251.795 turistas. En cuanto a la oferta, cifra en 28.188 las viviendas vacacionales con un total de 121.847 camas lo que supone un 22,34% sobre el total de la oferta del alojamiento que se sitúa en 545.393 camas.

Han sido 12 de los 17 gobiernos regionales, entre ellos la comunidad autónoma de Canarias, los que han adoptado normativa específica que permite regular en este campo. Son, además de Canarias, Andalucía, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Islas Baleares, Madrid, Asturias, Cantabria, Navarra y País Vasco.

Al respecto, en el análisis de la regulación de estas comunidades autónomas no se encuentran demasiadas pautas coincidentes y abundan restricciones a esta actividad de lo más variadas. Es más o menos compartida en las distintas normas, la definición de este tipo de viviendas como aquellas en las que se desarrolla una prestación de servicios de alojamiento con fines turísticos y contraprestación monetaria.

Pero difieren por ejemplo:

En el tiempo límite por estancia. Oscila entre los 3 meses de Madrid, los 2 de Andalucía y Baleares y el mes de Aragón, Cataluña y Galicia, no existiendo límite en Valencia ni Canarias, (exigiéndose para Valencia habitualidad y para Canarias repetición).

En el tipo de inmueble permitido encontramos también diferencias. Así, por ejemplo, en Baleares se exige que sea una vivienda unifamiliar o pareada y en Asturias que no sean pisos en un edificio sometido al régimen de propiedad horizontal, lo mismo que en Navarra, que se exige acceso independiente (no edificios) y superficie mínima de 90 m2. En Andalucía, por contra, se permite el alquiler por habitaciones siempre y cuando el propietario resida en la vivienda y en el País Vasco se aceptan los denominados Bed & Breakfast.

Entre otras particularidades, este estudio también nos señala que en Valencia un propietario con más de 4 viviendas simultáneamente en alquiler vacacional debe constituirse como una empresa gestora; en 6 Comunidades, entre ellas Canarias, se requiere un número de atención telefónica y hojas de reclamación; y sólo Cataluña aplica una tasa sobre el uso turístico de las viviendas (entre 0,45€ y 0,65 € por unidad de estancia). Igualmente, Canarias es la única comunidad que establece la obligación de tributar por el impuesto indirecto (IGIC).

En Asturias, País Vasco, Galicia y Balereas se exige Seguro de Responsabilidad Civil que cubra los riesgos de los usuarios, y que en el caso balear se eleva a un mínimo de 300.000 euros.

Por último en Malta, que también se ha analizado al ser el único destino turístico de sol y playa europeo con normativa sobre el alquiler vacacional, destaca como particularidad la exigencia de obtener una licencia previa para poder proporcionar alojamiento de alquiler.

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