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Onalia Bueno y Mencey Navarro

La justicia tumba la mejora laboral del hermano de la alcaldesa de Mogán

El juzgado de lo contencioso administrativo nº 5 de Las Palmas anula el decreto por el que la alcaldesda de Mogán Onalia Bueno subió de categoría a su hermano. Para Nueva Canarias (NC) de Mogán, la mejora laboral del hermano de la alcaldesa es un ejemplo más de la política caciquil y partidista que practica Onalia Bueno y su concejal de recursos humanos Mencey Navarro que “quieren hacer de la excepción la norma”.

La sentencia dictada por el juzgado de lo contencioso administrativo nº 5 de Las Palmas del pasado 12 de junio, da la razón al Gobierno de Canarias en sus pretensiones y declara no conforme a derecho y anula el decreto 2507/2015 por el que se le atribuían a un auxiliar administrativo, funciones correspondientes a una superior categoría. Asimismo, la sentencia incide que la decisión adolece de la necesaria motivación que requiere todo acto administrativo, y que la asignación de tareas distintas a las que habitualmente desempeña un funcionario sólo será posible cuando resulten adecuadas a su clasificación, cosa que no ocurre en este caso pues la alcaldesa pretendió que su hermano, auxiliar administrativo C2, realizase funciones de grupo A1.

NC informa que el 20 de agosto de 2015, el gobierno municipal de Mogán dictó decreto a medio del cual resolvía atribuir el desempeño de las funciones de inspector de servicios públicos al funcionario municipal con categoría de auxiliar administrativo, Guillermo Bueno García, hermano de la alcaldesa de Mogán.

Guillermo Bueno es funcionario de categoría C2 y, mediante decreto, fue ascendido a realizar funciones del grupo A1

Así el 10 de mayo de 2016, el juzgado notifica al Ayuntamiento de Mogán que el Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad ha presentado recurso contencioso Administrativo contra la decisión de la alcaldesa de Mogán, Onalia Bueno, pues se entiende no ajustada a derecho.

El Gobierno de Canarias, sostiene en su recurso que el Ayuntamiento de Mogán no debió atribuir a un funcionario del grupo C2 funciones de superior categoría, así como que con dicha decisión, se incumple el régimen de incompatibilidades previsto en la normativa aplicable, así como que la resolución administrativa no especifica el régimen de retribuciones al que está sometido el funcionario.

Según expresó la portavoz de Nueva Canarias, la concejala Isabel Santiago, el Gobierno de Canarias pone el dedo en la llaga, al hacer mención a la falta de referencia expresa al régimen de retribuciones al que se encuentra sometido el hermano de la alcaldesa. No obstante y según consta en el presupuesto municipal de 2017, el sueldo anual del funcionario se ha incrementado en 2.694,44 euros al año.

Según Santiago, “el fallo de la Sentencia no hace sino corroborar que Onalia Bueno está sembrando el caos administrativo en el Ayuntamiento de Mogán, premiando a uno sobre otros, sin tener en cuenta el ordenamiento jurídico, causando una estampida de funcionarios, y abusando del uso de las listas de reserva para colocar a los afines, o simpatizantes de Ciuca, que es como la misma alcaldesa los definió ante el pleno”.

La portavoz nacionalista progresista añade que “la asignación de funciones de categorías superiores a su hermano, podría ser una vía para que éste pudiese acudir a los tribunales para obtener un incremento en sus retribuciones de forma permanente, pasando de un puesto de C2 de auxiliar administrativo a un A1 (puesto reservado a los licenciados) por la puerta de atrás y sin tener que acreditar estar capacitado para el desempeño de las mismas, eludiendo el procedimiento legalmente establecido para acreditar la libre concurrencia, mérito y capacidad, perjudicando de este modo al resto de funcionarios que si tendrían la calificación para acceder al desempeño de este tipo de funciones”.

Así, Nueva Canarias va a solicitar a Onalia Bueno que asuma las responsabilidades de esta “ilegal decisión”, que reclame al trabajador el sueldo indebidamente cobrado, para evitar incurrir en un delito de malversación de fondos públicos, y que pague de su bolsillo las costas judiciales.

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