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Terraza en ZCA de Vecindario

El Ayuntamiento permite la ampliación del espacio para terrazas con carácter temporal

El Ayuntamiento de Santa Lucía ha publicado un decreto en el que se regula la reapertura, instalación y ampliación de las terrazas en establecimientos de hostelería y restauración ubicadas en dominio público municipal. El objetivo del grupo de gobierno es que las empresas de restauración puedan atender a más clientes dentro de las restricciones establecidas en el estado de alarma. El decreto permite que se pueda ampliar hasta un 50 % el aforo de las terrazas (dentro de unas condiciones de seguridad) y también que, con carácter temporal, puedan montar terrazas algunos bares o restaurantes que ahora no tienen.

Durante la fase 1 de la desescalada en la que se encuentra Canarias los bares y restaurantes pueden abrir para servir comida a domicilio o atender a clientes en las terrazas. Pero solo está permitido que se utilice la mitad por ciento del aforo de las terrazas. Dentro del plan de reactivación económica del municipio, para frenar en lo posible los problemas que está causando a empresas y trabajadores el cierre de actividades económicas durante el estado de alarma por el covid-19, la concejalía de Gestión y Disciplina Urbanística quiere facilitar la reapertura de empresas de restauración. Por ello se ha habilitado un procedimiento excepcional, temporal y abreviado para que los establecimientos del sector de la hostelería y la restauración que disponen de Licencia de Apertura o Título habilitante municipal similar, puedan solicitar la ampliación de la superficie de ocupación del dominio público con terrazas.

Según recoge el nuevo decreto que ya está en vigor “la ampliación se podrá realizar desde los límites de la terraza actual hasta la fachada del local de la que la terraza es aneja, dejando un itinerario accesible mínimo de 1,8 metros entre la fachada y el nuevo límite de la terraza. Asimismo, se podrá realizar hacia los laterales hasta una distancia superior a 2 metros de las terrazas colindantes, en ambos sentidos. Este límite se respetará también en los incrementos de superficie hacia la fachada”. El decreto, que está publicado en la web del Ayuntamiento www.santaluciagc.com ,añade que “Cuando no exista terraza colindante, se limitará la longitud al frente de los inmuebles inmediatamente colindantes, en su caso.” El texto señala que en la zona peatonal de la Avenida de Canarias “se podrá ampliar la superficie hacia la parte trasera de la terraza, respetando un tramo central de 4 metros de ancho centrado en el eje de la vía. No se podrá ampliar el aforo previamente autorizado”. También se aclara que “En la zona de ampliación solo se autoriza la instalación de mesas y sillas”.

Para las nuevas terrazas se señala que “La ocupación del suelo se ajustará a las previsiones de la Ordenanza Reguladora de la Ocupación de Dominio Público con Terrazas. En ningún caso se sobrepasará el frente de la fachada de los inmuebles inmediatamente colindantes, respetando en todo caso los vados autorizados y/o similares”. Además “ Se autoriza la ocupación de plazas de aparcamiento en la vía pública, en determinadas condiciones que serán supervisadas por la Oficina de Seguridad del Ayuntamiento de Santa Lucía”.

La concejala de Gestión y Disciplina Urbanística, Minerva Pérez, destaca que “hemos articulado un proceso excepcional y temporal para que los titulares de establecimientos de hostelería y restauración puedan solicitar ampliación de superficie de sus terrazas, y para las personas que no dispongan de terrazas puedan acogerse a este procedimiento de manera excepcional, temporal y en precario”. La edil añade que “se exigirá que en todo momento se mantengan las medidas de distancia social e higiénicas que exigen las autoridades sanitarias, y que la ocupación no perjudique a la circulación de los peatones”.

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