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El Supremo revisará si la unidad de explotación turística en Canarias vulnera derechos

El alto tribunal estudiará si el modelo que obliga a una gestión única en los complejos turísticos se ajusta a la normativa europea sobre libre prestación de servicios

El Tribunal Supremo ha decidido examinar el principio de unidad de explotación establecido por la legislación turística de Canarias, tras admitir a trámite un recurso que cuestiona si este modelo de gestión colectiva vulnera derechos reconocidos en la directiva europea sobre servicios. La resolución abre la puerta a un debate jurídico que podría tener implicaciones directas para miles de propietarios de apartamentos turísticos en las islas.

Un modelo bajo revisión judicial

El caso que ha motivado esta revisión parte de la reclamación de un propietario que desea alquilar su apartamento turístico por cuenta propia, sin depender de la empresa explotadora del complejo en el que se ubica. Hasta ahora, la legislación autonómica —concretamente la Ley 7/1995, de Ordenación del Turismo de Canarias— establece que todos los inmuebles dentro de un mismo complejo deben ser gestionados de forma unitaria por un solo operador.

Este principio, conocido como “unidad de explotación”, se diseñó originalmente para garantizar la homogeneidad del servicio turístico y evitar la competencia interna entre propietarios dentro de un mismo establecimiento. Sin embargo, su aplicación ha generado controversia durante las últimas décadas, especialmente desde la irrupción del alquiler vacacional a través de plataformas digitales, que ha modificado el panorama turístico del archipiélago.

El alcance del recurso

El Supremo ha considerado que el caso tiene un interés casacional objetivo, es decir, que podría tener repercusiones en numerosos propietarios de apartamentos turísticos en Gran Canaria, Tenerife, Lanzarote y Fuerteventura. En su auto, el tribunal reconoce la necesidad de analizar si el modelo canario se ajusta al marco jurídico europeo o si representa una limitación injustificada a la libre competencia y a la prestación individual de servicios turísticos.

La decisión llega tras un fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que había respaldado la aplicación del principio de unidad de explotación. Ahora, el Supremo será el encargado de unificar doctrina y establecer si esta regulación debe mantenerse o modificarse para adaptarse al contexto actual del mercado turístico.

Un debate de fondo sobre el modelo turístico canario

El resultado del análisis del Tribunal Supremo podría marcar un punto de inflexión en la normativa turística del archipiélago, donde coexisten complejos de gestión tradicional con nuevas fórmulas de alquiler vacacional.

El caso ha sido seguido de cerca por la Plataforma de Afectados por la Ley Turística, que representa a numerosos propietarios y comunidades afectadas por las restricciones derivadas de esta norma. El colectivo considera que el examen judicial del Supremo supone un avance hacia la revisión de un modelo con más de tres décadas de vigencia, en un contexto donde la digitalización y la diversificación de la oferta han transformado la realidad del turismo en Canarias.

Perspectivas futuras

La resolución del Supremo no implica un cambio inmediato en la normativa, pero abre un precedente relevante en la interpretación jurídica del modelo turístico insular. De confirmarse que la unidad de explotación vulnera principios europeos de libre prestación de servicios, el fallo podría obligar a revisar la actual legislación autonómica e incluso redefinir el equilibrio entre la gestión empresarial y los derechos individuales de los propietarios.

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