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Sanidad incorpora a los pacientes desplazados nacionales y extranjeros a su Receta Electrónica

Brígida Mendoza, consejera de sanidad
Brígida Mendoza, consejera de Sanidad

La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, a través del Servicio Canario de la Salud (SCS), ha desarrollado una aplicación que permite prescribir y dispensar en Receta Electrónica Continua del SCS (REC-SCS) a pacientes adscritos a los servicios de salud de otras comunidades autónomas y a pacientes extranjeros.

Con esta medida, la Consejería de Sanidad extiende a todos los pacientes visitantes, los mismos criterios de seguridad y calidad de la prescripción centrada en el paciente, y ajusta a cada uno el porcentaje de aportación de la prestación farmacéutica que le corresponde pagar.

Para ello, se han establecido los mecanismos necesarios para identificar mejor a estos pacientes, incorporando un código de barras de paciente temporal a su documento identificativo en el SCS y que se le proporcionará en las unidades administrativas de los centros de salud.

Para la dispensación en la oficina de farmacia de cualquier tratamiento prescrito por esta vía, el paciente deberá presentar en la farmacia su Plan de Tratamiento Único de REC-SCS y el Documento Identificativo del Paciente Desplazado que incluye ese código de barras.

El porcentaje de aportación que debe pagarse en la oficina de farmacia se ajusta a cada paciente: en el caso de los pacientes de otras comunidades el sistema personaliza este porcentaje en función de los criterios del Real Decreto Ley 16/2012, de manera que cada paciente pague el mismo porcentaje que aportaría en su comunidad de origen. El Servicio Canario de la Salud aportará la cantidad restante, que le será reembolsada mediante el Fondo de Garantía Asistencial del Sistema Nacional de Salud.

En el caso de los pacientes extranjeros, el porcentaje de aportación se ajustará a lo establecido en la normativa comunitaria para pacientes de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza; y a los convenios bilaterales suscritos por el estado español en materia de asistencia sanitaria y prestación farmacéutica con países como Andorra, Chile, Marruecos, Perú o Túnez. En el caso de pacientes que no pertenezcan a ninguno de estos países, deberán abonar el 100% de la aportación.

Hasta ahora, a los pacientes desplazados se les hacía la receta en papel, como en otras comunidades autónomas. Reducir el uso de recetas manuales en beneficio de la receta electrónica, presenta tanto ventajas para el paciente como para los profesionales.

Por un lado, se ofrece al paciente una prescripción con mayor garantía de calidad y seguridad y se asegura que en todas las dispensaciones la cantidad aportada es la que corresponde a cada paciente. Por otro, se garantiza la identificación correcta de todas esas recetas como recetas de desplazados, con el objetivo de controlar y recuperar la aportación del SCS en las recetas hechas a estos pacientes, a través del Fondo de Garantía Asistencial (pacientes desplazados nacionales) y garantizar el uso adecuado de la prestación farmacéutica.

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