MasNews

La Suspensión del Protocolo de Recepción de Menores no Acompañados en Canarias: ¿Protección de los Derechos o retroceso en la Gestión Migratoria?

La reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Auto 182/2024) que suspende el Protocolo Territorial de Recepción de Menores Extranjeros Migrantes no Acompañados plantea cuestiones fundamentales sobre el manejo de la inmigración en España y, más específicamente, sobre la atención a los menores vulnerables que llegan a nuestras costas. La decisión, basada en una solicitud del Ministerio Fiscal para proteger el interés superior del menor, evidencia la tensión entre la normativa administrativa y la realidad humanitaria. Sin embargo, deja abiertas muchas preguntas sobre cómo se está gestionando la inmigración infantil en una región especialmente afectada por los flujos migratorios, como es Canarias.
Un protocolo controvertido, pero necesario
El Protocolo Territorial establecido por la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia en septiembre de 2024 pretendía organizar y estandarizar la recepción de menores no acompañados. En un contexto en el que Canarias sigue siendo una de las principales puertas de entrada para migrantes africanos, parece lógico que las autoridades quieran establecer un marco claro para garantizar que los menores reciban la atención necesaria y que el proceso sea coordinado entre las diferentes instituciones involucradas. .
Sin embargo, la decisión del tribunal de suspender cautelarmente este Protocolo pone de manifiesto un dilema recurrente: ¿están las autoridades locales suficientemente preparadas para atender este fenómeno? ¿Y a qué costo se imponen estas regulaciones cuando el propio tribunal reconoce que podrían retrasar la atención inmediata que estos menores necesitan? Desde una perspectiva humanitaria, la burocracia no puede ni debe ser un obstáculo para la protección de los derechos fundamentales.
La Delgada Línea entre la Protección Legal y la Realidad Humanitaria
El tribunal justifica la suspensión argumentando que la aplicación inmediata del Protocolo podría dejar en situación de desamparo a los menores no acompañados durante el tiempo que tarden las autoridades en cumplir con los requisitos establecidos para su recepción. Pero, ¿no es precisamente este protocolo un intento de regular un fenómeno caótico, de ofrecer garantías sobre el manejo adecuado de estos menores?
Las decisiones judiciales de este tipo suelen tener un impacto significativo en la realidad política y social de las regiones afectadas. Al otorgar la suspensión, el tribunal ha optado por lo que, a primera vista, parece ser una postura conservadora, manteniendo el status quo para evitar posibles perjuicios inmediatos. Pero esta medida podría interpretarse también como una muestra de la incapacidad de las administraciones locales y regionales para adaptarse a un fenómeno migratorio que ya es estructural, no excepcional.
¿Es la Suspensión del Protocolo un retroceso?
Es importante destacar que la suspensión de la resolución no necesariamente invalida el Protocolo, pero sí envía un mensaje preocupante: las normativas diseñadas para proteger y gestionar a los menores migrantes no acompañados siguen enfrentando obstáculos, incluso cuando están orientadas a mejorar la coordinación y el trato. a estos niños.
El argumento del Ministerio Fiscal sobre la urgencia y la vulnerabilidad de los menores migrantes es incuestionable. Sin embargo, la suspensión de la normativa no elimina el problema de fondo: Canarias sigue recibiendo grandes oleadas de migrantes, entre ellos menores, y sigue existiendo la necesidad de un sistema estructurado, ágil y eficiente para atenderlos. Sin este marco normativo, ¿se corre el riesgo de perpetuar la improvisación y la descoordinación que históricamente han marcado la respuesta a la inmigración irregular?
El Interés Superior del Menor: ¿Excusa o Prioridad Real?
Uno de los aspectos más discutibles de la resolución es cómo se aplica el principio del interés superior del menor. El tribunal parece indicar que la aplicación del Protocolo podría vulnerar este principio, ya que los menores podrían quedarse sin atención inmediata. No obstante, lo paradójico es que, sin el Protocolo, las autoridades también podrían estar menos preparadas para gestionar adecuadamente la llegada de estos menores.
El debate aquí va más allá de la legalidad de la norma. Se trata de una cuestión de enfoque. ¿De verdad se está priorizando el interés de los menores, o esta decisión refleja más bien una sobrecarga institucional que impide a las autoridades asumir su responsabilidad de forma eficiente? Cualquier protocolo diseñado para gestionar la recepción de menores no acompañados debería, en teoría, estar orientado precisamente a proteger ese interés superior. Si este no es el caso, entonces el Protocolo necesita revisarse, no suspenderse.
Un Llamado a la Colaboración Institucional
Finalmente, uno de los puntos más interesantes de la resolución es la referencia a la necesidad de “lealtad y colaboración institucional” para abordar el fenómeno de la inmigración irregular. Esto refleja la realidad ineludible de que el reto migratorio en Canarias no puede ser gestionado por una sola institución ni resuelta con medidas fragmentadas. El Protocolo de Recepción de Menores no es la solución definitiva, pero podría haber sido un paso en la dirección correcta para coordinar esfuerzos y reducir las tensiones entre las diferentes autoridades implicadas.
Lo que está claro es que la inmigración irregular seguirá siendo un reto en Canarias y que los menores migrantes no acompañados merecen una protección efectiva, inmediata y coordinada. La suspensión de este Protocolo deja en el aire la necesidad urgente de nuevas soluciones, más ágiles y adaptadas a la realidad que vivimos. Mientras tanto, los menores migrantes seguirán esperando una respuesta adecuada a sus necesidades, atrapados entre la burocracia y la falta de coordinación institucional.
En resumen, la suspensión cautelar del Protocolo Territorial parece, en el mejor de los casos, una medida temporal que evita problemas inmediatos, pero que no resuelve la situación de fondo. Ahora más que nunca, es necesario un esfuerzo real de todas las partes implicadas para desarrollar políticas efectivas que protejan de verdad los derechos de los menores migrantes no acompañados y garanticen que, ante todo, su interés superior sea la prioridad, no una excusa de procedimiento. .

Compártelo ...
Share on Facebook
Facebook
Tweet about this on Twitter
Twitter
Email this to someone
email
Comentarios: 0

Su dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.