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El Pleno de San Bartolomé de Tirajana apoya el agrupamiento municipal que defiende una Ley de Municipios Turísticos

Los 13 municipios que integran la Asociación de Municipios Turísticos de Canarias se agruparán para pedir al Parlamento autonómico que tramite su proposición de Ley de Municipios Turísticos de Canarias. Es la primera vez que ayuntamientos canarios de diferentes islas se unen para emprender y defender una iniciativa legislativa municipal común.

El Pleno del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana aprobó este viernes en sesión extraordinaria que este municipio se sume a los otros 12 que conforman la Asociación de Municipios Turísticos de Canarias (AMTC), para ejercitar una iniciativa legislativa municipal encaminada a que el Parlamento autonómico tramite y apruebe su propuesta de Ley de Municipios Turísticos de Canarias.

El objetivo que persigue esa ‘Agrupación Especial’ de los ayuntamientos grancanarios de San Bartolomé de Tirajana y Mogán; de los tinerfeños Arona, Adeje, Guía de Isora, Puerto de la Cruz y Santiago del Teide; de los lanzaroteños Teguise, Yaiza y Tías, y de los majoreros Pájara, La Oliva y Antigua, es que se les reconozca legalmente con esa precisa categorización jurídico-administrativa.

Defendida por los ayuntamientos turísticos en distintos foros desde hace muchísimos años, esta es la primera vez que esta propuesta de legalización del reconocimiento turístico se aborda con perspectiva de poder salir adelante por su amplitud de miras y carácter generalizado. A su vez, es también la primera ocasión en que municipios canarios de distintas islas se unen para tramitar una iniciativa legislativa común y concreta como ésta.

La Asamblea General de la AMTC ya acordó en su sesión del pasado 17 de junio formalizar el ‘agrupamiento especial’ que exige la legislación autonómica de régimen local para emprender la iniciativa legislativa municipal. En concreto, el artículo 44.3 de la Ley Orgánica 1/2018 de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias otorga dicha iniciativa a los ayuntamientos cuando éstos actúen agrupados y siempre que representen el porcentaje de población y el número de municipios que determina el Reglamento del Parlamento de Canarias, fijado precisamente en su artículo 126.5 en un mínimo de cinco ayuntamientos que representen al menos un 10% del total de la población de Canarias.

En estos momentos la ‘Agrupación Especial’ de los municipios turísticos de la AMTC cumple con todos los requisitos para emprender la iniciativa legislativa municipal y promover una Ley de Municipios Turísticos Canarios. Según la revisión del padrón de enero de 2023, la población total del Archipiélago es de 2.202.048 habitantes, mientras que las poblaciones de los 13 ayuntamientos que impulsan la iniciativa legislativa suman en su conjunto 401.917 habitantes, es decir, 181.712 más que los 220.205 que conforman el 10% exigido por la legislación autonómica.

Los motivos

El estudio borrador de la proposición de ley del estatuto de municipio turístico alude en su exposición de motivos a la realidad de los municipios turísticos que experimentan un constante crecimiento exponencial de sus servicios, “mucho mayor que el que se corresponde exclusivamente con el número de vecinos empadronados”. La afección del turismo en la capacidad de gestión municipal de los servicios públicos se contempla como “un reto que debe llevar aparejada una revolucionaria concepción global del aprovechamiento del territorio, con cambios cualitativos y cuantitativos profundos en el ámbito organizativo, urbanístico, industrial y comercial, y especialmente respecto a la prestación de los servicios públicos dado que la población flotante incrementa exponencialmente sus necesidades de gestión”, repercutiendo deforma notoria en el mantenimiento de los espacios públicos y en la prestación de los servicios esenciales como el transporte, la seguridad, el suministro de agua, la limpieza o la recogía de basuras, además de exigir una paralela promoción de la actividad turística como motor económico.

“El innegable desarrollo turístico en las Islas conduce a la indiscutible conveniencia de dotar de una clara definición normativa y un régimen propio al municipio turístico, como la vía más eficaz y eficiente de identificar y proporcionar soluciones a las peculiares necesidades de gestión de los servicios públicos, actualmente sobrepasados por su complejidad y constante crecimiento”, se afirma en el texto. En éste también se postula que las funciones y competencias adicionales que asumen los ayuntamientos turísticos “son vertebradoras del desarrollo económico de los municipios, pero también de la globalidad de cada una de las Islas y por tanto también de la Región”. Por eso demandan una mayor autonomía para el desarrollo de las competencias municipales, adaptadas a un modelo de planificación consecuente con las características del territorio y la alta densidad de visitantes. “La condición de municipio turístico es un elemento diferenciador que no sólo identifica localidades de gran afluencia turística, sino que delimita un compendio de necesidades especiales de adaptabilidad y disposición de la gestión pública que no suponga un lastre para la competitividad en el sector turístico y su peculiaridades de imprevisibilidad, carácter estacionario, flexibilidad competitiva cambiante y demanda de intervenciones continuas por parte de la administración pública”, se afirma en el texto.

La Ley que proponen los 13 municipios consta, además de la mentada exposición de motivos, de 30 artículos distribuidos en cuatro títulos, cinco disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales. El título primero, dedicado a las Disposiciones Generales, se estructura en tres capítulos dedicados al objeto, finalidad, definiciones, competencias y principios; a los requisitos de declaración del Municipio Turístico de Canarias; y a sus derechos y obligaciones, recogiendo a su vez una enumeración de sus servicios públicos turísticos. Los títulos segundo y tercero desarrollan el procedimiento administrativo para la obtención y/o pérdida de la condición de Municipio Turístico; y el título cuarto se centra en la organización administrativa especial aplicable al mismo.

Los objetivos

Entre los objetivos que deben cumplir estos municipios turísticos destacan el incremento de la condiciones de habitabilidad, prestando especial atención a la renovación y mejora del entorno urbano turístico, y a la diversificación, renovación y mejora de la oferta turística existente, “evitando la saturación del destino y garantizando un desarrollo sostenible y la adecuada convivencia de los intereses de las poblaciones empadronada y turística”.

La finalidad esencial de la Ley, según su artículo 3, es “promover la calidad en la prestación de los servicios públicos al conjunto de la población empadronada y turística, contribuyendo a un turismo sostenible y más seguro y satisfactorio para ambas poblaciones, así como la dotación de una organización administrativa municipal adecuadamente dimensionada, eficaz, eficiente y próxima, tanto al ciudadano como al usuario de los servicios turísticos”.

Las obligaciones

Entre las obligaciones que tendrán que velar los municipios turísticos destacan la conservación y potenciación de los espacios libres de uso público y sus equipamientos, especialmente de zonas verdes, parajes naturales, playas, instalaciones deportivas, parques públicos y centros de ocio y esparcimiento colectivos; adoptar medidas de protección y recuperación del entorno natural y del paisaje, así como actuaciones para potenciar la movilidad sostenible; dedicar una parte de los ingresos procedentes del uso de los recursos turísticos al mantenimiento, protección, mejora y enriquecimiento de los mismos; y establecer canales de comunicación para que los grupos de interés planteen mejoras o alerten de malas prácticas en el ámbito turístico con la finalidad de erradicarlas progresivamente.

En cuanto a las obligaciones respecto a los servicios públicos específicamente turísticos, los municipios deberán cumplir con un servicio de vigilancia ambiental que incluye el control de la calidad del medioambiente y la adopción de medidas para su preservación; el refuerzo del servicio de limpieza y de salubridad, sobre todo en zonas de uso público como paseos, calles, plazas, jardines, instalaciones de recreo, playas, montes y otras zonas de gran afluencia; el control de ruidos, sobre todo en horario nocturno; el control de las contaminaciones acústicas, lumínicas y de olores y humos; el establecimiento de refugios climáticos de sombra; un servicio de vigilancia y socorrismo en playas y otro de servicio de hamacas, sombrillas y kioscos.

Un PAMU para el T-1 de El Tablero

El Ayuntamiento toma la iniciativa de ordenar, gestionar y ejecutar la terminación de ese ámbito de 145 parcelas con problemas urbanísticos y registrales por ser una urbanización inconclusa desde hace 30 años

Por otro lado, el Pleno de la Corporación también aprobó en su sesión extraordinaria de este viernes una propuesta de la Concejalía de Urbanismo para que el Ayuntamiento solicite ante la Consejería de Política Territorial del Gobierno de Canarias una subvención de 64.200 € que se destinarán a contratar la redacción técnica de un Programa de Actuación en el Medio Urbano (PAMU) para el ámbito T-1 de El Tablero.

El Ayuntamiento ha tomado la iniciativa de tramitar dicho PAMU para ordenar, gestionar y ejecutar la terminación del citado ámbito y solucionar definitivamente los problemas urbanísticos y registrales que afectan a las 145 parcelas del suelo por tratarse de una urbanización inconclusa en la que después de más de tres décadas de iniciada tampoco ha podido culminarse aún el decisivo proceso de equidistribución de cargas y obligaciones para la terminación de los trabajos en aceras, señalítica vertical y horizontal, asfaltados y zonas verdes, entre otros. En total son unos 74.813 m² de los que 24.426 m² son de uso residencial, 7.623 m² de uso libre, 2.686 m² de uso deportivo, 2,390 m² de uso social, 19.897 m² de suelo docente y 25.789 m² de red viaria.

En estos momentos ya se está redactando el pliego de prescripciones técnicas para licitar la contratación del PAMU. La concejalía dirigida por Davinia Ramírez estima que -si la Consejería de Política Territorial concede la subvención- el contrato podría adjudicarse antes de que finalice este 2024, y disponerse del borrador del documento a lo largo del año 2025, tras someterse el mismo a la consideración del órgano ambiental, la aprobación inicial, el proceso de alegaciones y la aprobación definitiva.

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