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Aprobado el proyecto de Ley que modifica la regulación de la PCI

El presidente Rivero y la consejera de Políticas Sociales, Inés Rojas
El presidente Rivero y la consejera de Políticas Sociales, Inés Rojas

El Gobierno de Canarias ha acordado en Consejo de Gobierno aprobar el proyecto de ley de modificación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción (PCI).

La iniciativa legislativa, en el marco de la Estrategia Canaria frente a la Pobreza, la Exclusión Social y a favor del desarrollo humano 2013-2015, presentada por el Gobierno al Parlamento de Canarias, proyecta la necesidad de una modificación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción, habida cuenta de la actual situación económica y social, que obliga a replantear el perfil de las personas amparadas y protegidas por esta prestación al encontramos con solicitantes que, si bien no se pueden incluir dentro del colectivo de exclusión social, por disponer de herramientas sociales, culturales y formativas, sin embargo no pueden cubrir las necesidades básicas, alimentación y vivienda, dado que no perciben ningún recurso y han agotado el resto de prestaciones económicas del sistema público.

Entre las resoluciones del Parlamento de Canarias, adoptadas el 29 de julio de 2013, en relación con la Estrategia Canaria frente a la Pobreza, la Exclusión Social y a favor del Desarrollo Humano 2013-2015, se encontraba la de modificar de forma urgente la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción, con el objeto de:

  • Ampliar el colectivo destinatario de la misma a todas aquellas personas que no dispongan de recursos económicos y estén en riesgo de exclusión social.
  • Garantizar el acceso rápido y efectivo a la ayuda que supone la Prestación Canaria de Inserción a las personas que lo solicitan, estableciendo por ley un plazo de cuatro meses para resolver las solicitudes desde su recepción por parte del departamento del Gobierno.
  • Simplificar procedimientos y acortar tiempos de respuesta, mejorando la aplicación informática empleada para su tramitación y gestión.

Igualmente, desde la citada Estrategia se hace hincapié en señalar que es indispensable procurar una respuesta más inmediata y efectiva a los solicitantes, agilizando el actual procedimiento mediante la simplificación de trámites y documentos a presentar.

En virtud de ello, se justifica la oportunidad de modificar la ley y su reglamento de desarrollo.

La modificación se centra en los siguientes aspectos esenciales:

  1. En primer lugar, se amplia el ámbito de cobertura de la Ley al modificar las condiciones de acceso en relación al tiempo de residencia que pasa de tres años a un año, así como el periodo que se computa como ausencia de renta, que se reduce de un año a tres meses. Por otro lado, se aumenta el nivel de protección de las familias con miembros beneficiarios de prestaciones económicas del sistema de dependencia, al exonerar las mismas del cómputo de rentas y, en consecuencia, del cálculo del importe de la prestación económica.
  2. Otro aspecto esencial que se aborda es la búsqueda de la simplificación administrativa. Se aclara el carácter subsidiario y complementario de la prestación económica respecto de otras prestaciones públicas, se contempla expresamente la obligación de las Administraciones Públicas de incorporar de oficio en el expediente todos aquellos datos del interesado que estén en su poder o que puedan ser obtenidos por medios telemáticos, y se elimina el título referido al régimen sancionador puesto que no resulta operativo ni eficaz para la finalidad que persigue la Ley, potenciándose en su caso la figura de la suspensión en los casos de incumplimiento temporal de los requisitos o de las obligaciones que la propia norma establece, creando de esta forma un sistema más ágil y dinámico.
  3. Por último, se propone un nuevo cálculo para las cuantías de la ayuda económica básica amparado en el hecho de ofrecer una mayor protección a aquellas familias con hijos menores a su cargo, al tiempo que se modifica el periodo de cobro de la prestación económica, estableciéndose un máximo de 12 meses permitiendo que se pueda solicitar una nueva prestación pasado otros 12 meses.

Una vez realizados los trámites correspondientes, el Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 30 de enero de 2014, acordó tomar en consideración el Proyecto de Ley de modificación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción, y solicitar dictamen del Consejo Consultivo de Canarias de Canarias sobre el mismo.

Visto el dictamen 161/2014, de 2 de mayo, del Consejo Consultivo de Canarias, el Gobierno acordó hoy en Consejo de Gobierno aprobar el proyecto de Ley de modificación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción.

Tras su aprobación en Consejo de Gobierno, el citado proyecto de Ley se trasladará al Parlamento.

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