Turcón rechaza la creación de playas artificiales en Medio Almud y Los Frailes
Mediante el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 81, de fecha 6 de julio de 2016, se inició el plazo de información pública del “Proyecto de creación de una playa en Los Frailes y concesión de los servicios de playa (Mogán)” y del “Proyecto de creación de una playa
en Medio Almud y concesión de los servicios de playa (Mogán)“. Ambos presentados por la empresa Unimadoc, S.L. a los efectos de “llevar a cabo la regeneración y el acondicionamiento de las playas encajadas en el barranco de Medio Almud y en el barranco de Los Frailes para completar el desarrollo de un gran complejo turístico de lujo que se situará en las laderas de los citados barrancos”.
Sus alegaciones ya han sido recepcionadas en la Demarcación de Costas de Canarias, dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
En un documento de catorce páginas, el colectivo Turcón, después de analizar la documentación existente en las oficinas de la Demarcación de Costas, presentó sus alegaciones en tiempo y forma, mostrando su oposición a los dos proyectos en cuestión. En sus textos concluían solicitando “que se desestimen las solicitudes de los proyectos para creación y regeneración de playas en Medio Almud y Los Frailes en el municipio de Mogán, por no responder a los fines que la Ley de Costas persigue, por responder a intereses especulativos y no a un interés general, y por provocar a su vez, unos impactos negativos en el medio natural y social de Gran Canaria”.
Muchos son los argumentos técnicos y jurídicos que Turcón ha usado en su pliego. Algunos tienen que ver con la Evaluación Ambiental, inexistente en la documentación expuesta. Por otro lado, en la falta de rigor, toda vez que ha utilizado normativa ya derogada en Canarias. Entre las preocupaciones de los ecologistas que han sido enumeradas se encuentra la ZEC y la zona de sebadales, podo estudiada y que estos proyectos seguramente repercutirán negativamente sobre los valores naturales protegidos por la Unión Europea.
Estas playas que se encuentran al suroeste de la isla y protegidas por los vientos alisios dominantes y, por tanto, muy apetecidas para proyectos urbanísticos turísticos.
Hemos de recordar que estos citados barrancos constituyen una importante área de refugio y nidificación de la pardela cenicienta (Calonectris diomedea), el petrel bulwer, aves recogidas en el Catálogo Nacional de especies amenazadas bajo la figura de Interés Especial en cuanto a su conservación.
La riqueza biológica de este territorio moganero viene descrita en el Avance e Informe de Sostenibilidad Ambiental del Plan General Supletorio de Mogán, aprobado por la Resolución del Director General de Ordenación del Territorio.
Para los ecologistas de Turcón, el documento presentado es “poco serio el estudio (documentación más bien) que se presenta al no recogerse las incidencias ambientales y el impacto en la fase de ejecución y explotación de estos proyectos. Solicitamos se exija más rigor y un mayor control sobre el documento presentado y las intervenciones que se solicitan, y se evalúe ambientalmente la rica biodiversidad del lugar”.
Se pide además, que se estudie el encaje en el PIO de Gran Canaria vigente, y por tanto, solicitan los informes al Cabildo porque hay un Área de Sensibilidad Ecológica fuera de Espacios Naturales Protegidos:
Área Inter-mareal de la Punta de Tiritaña: frente al término municipal de Mogán, en el espacio comprendido entre la Punta de los Medio Almudes y la Punta de la Cruz de Piedra, desde la cota 0 metros hasta la batimétrica de 10 metros, se localiza este ASE que ocupa 14,4 ha.
Solicitan los ecologistas de Turcón reducir a la mínima expresión la importación de arena africana, que como hemos visto en otros lugares, trae pequeños microorganismo e invertebrados dañinos para nuestro territorio, no vayamos a seguir contribuyendo al desatino de introducir nuevas especies al ya de por sí difícil mundo de las especies invasoras que tanto daño y competencia producen a nuestros endemismos canarios.
Finalmente, considera Turcón que “ninguno de los proyectos presentados se adecua a los fines que persigue la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas modificada por la Ley 2/2013, de 29 de mayo expuestos en el artículo 2, en particular los referidos a la protección y adecuada conservación del dominio público marítimo terrestre y a su uso público, libre y gratuito, sin más excepciones que las derivadas de razones de interés público debidamente justificadas”.