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Javier Valentín (ASCAV): “La prohibición general de la vivienda vacacional iría en contra del principio de proporcionalidad”

“Las viviendas vacacionales en la península no pagan IVA y aquí, en Canarias, sí pagan el IGIC”

“Hemos interpuesto un recurso frente a la normativa del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria”

Javier Valentín, Vicepresidente de la Asociación Canaria del Alquiler Vacacional (ASCAV) atendió a la llamada de Radio Faro (92.50 FM) para comentar lo acontecido hace unos días en Palma de Mallorca donde, según hemos, podido leer en medios de comunicación de tirada nacional, el Tribunal Supremo avalaba la prohibición del alquiler turístico.

Comenzó su exposición el entrevistado matizando que “habiéndose hecho pública esa sentencia del Tribunal Supremo, lo primero que tenemos que decir es que el titular de la prensa escrita es bastante más contundente que el propio contenido de la sentencia”.

Para continuar valorando que “si la estudiamos con detenimiento, no es que habilite a que los ayuntamientos con carácter general puedan prohibir el alquiler vacacional en la vivienda de los edificios residenciales. Lo que ha sucedido en el caso de Baleares es que la propia ley balear permite este tipo de limitaciones, entonces el Tribunal Supremo lo único que ha hecho es convalidar lo que dice la propia ley”.

Concluyó en lo referente a Baleares que “en ningún caso el Tribunal Supremo, como se parece desprender de algunos medios escritos, ha habilitado que realmente los ayuntamientos tengan la potestad para prohibir con carácter general esta actividad porque lo que vino a decir el Tribunal Supremo es que esa prohibición general de la vivienda vacacional iría en contra del principio de proporcionalidad y necesidad que está prohibido por la normativa europea”.

Preguntado por la ley en Canarias y si podría darse la misma situación que en Baleares, Javier Valentín contestó que “desde la Asociación Canaria del alquiler vacacional entendemos que no, en Canarias existe una norma que regula la vivienda vacacional desde 2015 y, por tanto, las viviendas vacacionales tienen que cumplir con el pago de los impuestos, que recordemos no existen en el resto de territorio nacional, las viviendas vacacionales en la península no pagan IVA y aquí en Canarias sí pagan el IGIC y eso es bueno porque debemos contribuir al sostenimiento de los gastos públicos. También las viviendas vacacionales tienen que cumplir con otra serie de obligaciones que recoge el propio decreto del 2015 que regula la vivienda vacacional. Por lo tanto, están reguladas en el ámbito autonómico”.

En su exposición, Javier Valentín matizó que “también es cierto que se ha venido diciendo en el Tribunal Supremo que los ayuntamientos tienen competencias en planificación urbanística y podrían acotar en cierta manera con planeamiento urbanístico donde querrían viviendas vacacionales”.

Por último, el vicepresidente de ASCAV anunció que “ya hemos interpuesto un recurso que está pendiente de sentencia frente a la normativa del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria porque entendíamos que la limitación que ha establecido el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria es de tal envergadura que lo que hace finalmente es una prohibición encubierta a la actividad”.

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