El concejal de Mogán Luis Becerra “actuó correctamente” y recurrirá la sentencia
Ciuca y Nueva Canarias (NC) de Mogán nos informan de la sentencia de fecha 16 de enero de 2014, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de San Bartolomé de Tirajana, imponiendo al concejal de Ciuca, Luis Miguel Becerra, 60 euros de multa por grabar el pleno ordinario de la corporación del Ayuntamiento de Mogán, correspondiente al día 4 de febrero de 2013. Ambas formaciones políticas aclaran respecto del fallo que “la sentencia no es firme, por lo que va a ser recurrida”.
Entienden que la piedra angular sobre la que descansa la fundamentación del fallo, reside en el art. 107 del Reglamento Orgánico Municipal, artículo que fue declarado “nulo de pleno derecho” por la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia a través de su Sentencia de fecha 4 de noviembre de 2013. Esto supone que la Sentencia dictada por el Juzgado de instrucción nº 3 de San Bartolomé de Tirajana, “pierde” todo su sentido, pues al no existir el mencionado artículo, el alcalde de Mogán carece de fundamento legal alguno para dar la orden a la Policía Local para que, a su vez, impida la grabación del pleno del 4 de febrero de 2013. Es decir que el concejal de Ciuca, Luis Becerra, afectado por la sentencia de instrucción, actúo correctamente, no solo porque el art. 107 es nulo, sino porque además es contrario a la Constitución.
Asimismo, Ciuca y Nueva Canarias adelantan que seguirán trabajando contra el modus operandi del PP, que a nivel nacional impone la ley de seguridad ciudadana, y a nivel local, desde Mogán, utiliza la ley para limitar el derecho a la libertad de expresión, que es lo que hace, al impedir grabar los plenos de la corporación.