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Centro de ocio nocturno en Playa del Inglés

CC denuncia la campaña de PP-AV y UxGC “orquestada contra el ocio nocturno”

El portavoz de Coalición Canaria de San Bartolomé de Tirajana, Alejandro Marichal, denuncia la situación que el consitorio municipal ha impuesto a los empresarios que tienen un negocio tipificado como “actividad clasificada y de espectáculos públicos”, ubicados en los centros comerciales abiertos, a través de la Ordenanza Municipal de Protección contra la contaminación acústica en el municipio de San Bartolomé de Tirajana. Al respecto, Marichal señaló que PP-AV y UxGC está realizando una interpretación restrictiva y errónea de los criterios que rigen para la medición del ruido en los centros comerciales abiertos, regulados ya por una norma superior de ámbito autonómico (la Ley 7/2011 de 5 de abril).

La Ley 7/2011 de 5 de abril permite un régimen de intervención especial cuando en un centro comercial se ejerzan, de forma simultánea, distintas actividades clasificadas de titularidad independiente. Por tanto, los centros comerciales se podrían considerar una unidad de explotación que estarían sujetos a un régimen de intervención igual o de menor intensidad que el aplicable a un establecimiento en particular, pues para la medición del ruido se consideraría el centro comercial en su conjunto.

"El consistorio municipal es el único en Canarias que realiza una interpretación restrictiva del Decreto 86/2013 de 1 de agosto, al no tener en cuenta al realizar los cálculos del ruido el perímetro de los centros comerciales abierto"

En una reunión mantenida con Alejandro Marichal la junta directiva de la Federación de Ocio Nocturno, ponían como ejemplo ayuntamientos de municipios turísticos de otras islas como Tenerife, donde para la medición del ruido de una actividad que forma parte de un centro comercial, se considera al centro comercial como una única unidad de explotación, y por tanto, la medición del ruido se calcula desde el perímetro del centro comercial y tomando como referencia para los límites de ruido la actividad máxima que se encuentre en el recinto.

Este hecho, en opinión de Coalición Canaria en San Bartolomé de Tirajana, es contrario a derecho y lesivo para los intereses de muchos empresarios del sector, que se han visto condenados a cerrar sus negocios por una errónea interpretación de la norma por parte del gobierno de PP-AV y UxGC, que obvia una norma de rango superior de ámbito autonómico, que es la que rige el funcionamiento de los centros comerciales abiertos como actividad comercial, con un régimen autorizado específico. La situación ocasiona, por tanto, una evidente indefensión a los centros comerciales abiertos que tienen en su estructura a negocios de actividades clasificadas y espectáculos públicos.

La Federación de Ocio Nocturno ha solicitado al consistorio municipal la regulación mediante una Ordenanza municipal o Reglamento específico a los centros comerciales abiertos, en el cumplimiento del Decreto publicado en 2013 por el que se contemple una serie de medidas ajustadas a contexto y que no perjudiquen a los cientos de empresarios con negocios ya implantados.

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