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Turcón presenta recurso de reposición contra el decreto del BIC Oasis

Maspalomas, parte de la Reserva Natural Especial de las Dunas de Maspalomas
Maspalomas, parte de la Reserva Natural Especial de las Dunas de Maspalomas

Turcón Ecologistas en Acción presenta Recurso de Reposición contra el decreto 90/2014, relativo a la declaración como Bien de Interés Cultural de “La Franja de Terreno del Oasis de Maspalomas”, situada en el término municipal de “San Bartolomé de Tirajana”, isla de Gran Canaria.

Según los ecologistas, y en un largo argumentario; “No cabe duda que gran parte del Decreto y la tramitación de este BIC se ha centrado en la presencia, estancia, paso, aprovisionamiento de Cristóbal Colón en la Charca y Oasis de Maspalomas.

En el expediente tramitado, existen varios informes de técnicos cualificados, expertos catedráticos y personas de reconocido prestigio que avalan la tesis de la presencia de Colón en aquel lugar.

Tal como menciona el Decreto, estas tesis o teorías se apoyan en tres fuentes históricas (¿no son suficientes?, ¿cuántas hacen falta para la declaración de un BIC?, ¿está en la Ley la necesidad de más fuentes históricas?, para la declaración de otros BIC´s, parece que indiciosos-apreciaciones poco fundamentadas sí que han sido suficientes. Veremos algunos ejemplos más adelante).

A saber, las tres fuentes utilizadas son (copia textualmente del Decreto 90/2014):

a) El relato aportado por Hernando Colón, el hijo menor de Cristóbal Colón, el cual contaba con 13 años de edad.

b) El propio Almirante Cristóbal Colón, del que destaca una carta realizada en Jamaica, apenas llega a su destino, 16 días después de haber pasado por Canarias, (año 1502).

c) Y la referencia en un testamento, realizada por uno de los marineros y escribanos que lo acompañaron.

Para más importancia, estas fuentes históricas y sus relatos son aportadas de los informes preceptivos y dictámenes solicitados por la administración promotora del BIC, de acuerdo a la legislación vigente, y en un marco de objetividad  e imparcialidad (AH-XVI).

Frente a ello, el Gobierno de Canarias, con dos párrafos y sin informe técnico, firma reconocida, catedrático que avale su posición, científico que diga lo contrario a los mencionados (AH-XVI), informe solicitado ex profeso para dilucidar este tema, se desmarca de las evidencias y ponen en duda toda la tesis esgrimida por los informes y dictámenes del paso de Colón por Maspalomas.

En su orden de prevalencia, según el criterio subjetivo del Gobierno de Canarias (para la tramitación de este expediente), tienen un peso específico las “dudas” (que no afirmaciones científicas) de los informes aportados por una parte interesada (empresa RIU). Cuestión que el Gobierno de Canarias tenía que haber resuelto solicitando de manera clara y precisa un informe a otra autoridad académica/científica de similar rango o categoría de los aportados dentro de la tramitación lógica y coherente del expediente.

Esta asociación, si hubiera conocido que los informes aportados de parte tienen el valor que el Gobierno de Canarias quiere ahora reconocer, pues también hubiésemos aportados cuantos informes sean necesarios… y así en “esta guerra de informes y firmas reconocidas”.. haber cuál más.

Pero no, creemos en otras formas de hacer las cosas y resolver los conflictos.

Entendemos que la objetividad de la administración en la tramitación de este BIC queda al descubierto, al no pedir un informe más “independiente” y apoyar su decisión final de “descartar” el paso de Colón por el lugar concreto de Maspalomas apoyándose –simplemente- en las dudas que ha “cernido” la empresa citada.

Hacemos especial énfasis en este documento que habla de la presencia de Colón en el punto concreto de Maspalomas, documento oficial en la historia bibliográfica del Gobierno de Canarias, y que, sin embargo, no ha servido ni siquiera para documentar e incluirlo dentro de los apartado del Decreto 90/2014.

Esta ausencia nos parece relevante que ahonda más en la falta de objetividad del Gobierno a la hora de tomar la decisión de “No declarar” el BIC propuesto.

Es de todo punto inmoral, no ajustado a derecho  e indignante que el Gobierno de Canarias anteponga los intereses de grandes empresas y grupos de poder y las de sus partidos, antes que el beneficio de la sociedad canaria y la preservación de nuestra tierra, desoyendo el sentir de sectores sociales e institucionales que han mostrado su acuerdo con este BIC. No apoyamos ni apoyaremos a ningún partido político en estos temas, y denunciamos que por rivalidad, enfrentamiento o luchas intestinas entre siglas políticas se perjudique una iniciativa como la que, en forma de BIC, aporta el Cabildo para su aprobación por el Gobierno de Canarias  con la finalidad de la  conservación de este espacio natural que consideramos beneficiosa por encima de quien lo proponga.

Respecto a la reunión de la Ponencia Técnica del Consejo de Patrimonio Histórico de Canarias celebrada el 18 de julio de 2014 en la que por unanimidad de los votantes se recomendó desestimar la aprobación de la propuesta del BIC para el Palmeral-Oasis de Maspalomas por parte del Gobierno de Canarias, debemos señalar que el reglamento de dicho Consejo estipula que deben formar parte de dicha Ponencia Técnica aquellos expertos que se estimen convenientes para el mejor asesoramiento de la misma. Sin embargo, de los cinco asistentes, sólo dos eran expertos por su trayectoria profesional, negándosele a uno de ellos el derecho al voto. Además de ello, todos los componentes de la Ponencia procedían exclusivamente de la isla de Tenerife, vulnerando así el más básico equilibrio y representatividad regional. Dos de los miembros pertenecían a un mismo partido político del Gobierno regional, único presente en dicha Ponencia Técnica, por lo que tampoco hubo la más mínima objetividad para valorar la propuesta presentada por el Cabildo de Gran Canaria. Parece poco ajustado y de una valoración subjetiva el que una comisión que se reúne sin argumentos técnicos o jurídicos mínimamente rigurosos ponga en tela de juicio los once informes favorables de reconocidos especialistas y de las principales instituciones científicas de las islas.

No apoyamos a ninguna firma empresarial o interés comercial en la confrontación en que se encuentran para ampliar su esfera de poder en las zonas turísticas canarias, sino que defiende la demolición y desaparición de TODAS las construcciones existentes en el entorno del Palmeral-Oasis de Maspalomas y zona costera y, por consiguiente, apoya cualquier opción que, como el BIC, impida que se pretenda seguir ocupando suelo público del Palmeral-Oasis destruyendo este espacio natural canario único. También se movilizará ante cualquier planeamiento que no vaya en consonancia con el mantenimiento y conservación de los valores naturales e históricos del lugar  a la vez que sostenemos la afirmación de muchos expertos, sobre las potencialidades que aún tiene la zona, para regenerar y recuperar el extraordinario ecosistema que había hasta hace pocos años en la zona del Oasis.

Sea cual fuere el devenir de los próximos acontecimientos, realizaremos las acciones necesarias para conseguir que se ejecute sin más dilación la demolición de la parte del RIU Palace Oasis construida ilegalmente según sentencia firme del Tribunal Supremo de febrero de 1978 que declaró como ilegal la ocupación de una superficie de 26.435 metros cuadrados, anexionada a principios de 1970 para ampliar el establecimiento turístico en la denominada parcela D y destinada a zona verde y aparcamientos.

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